viernes, noviembre 28, 2008

Gobierno podrá cerrar asociaciones por “chavistas”

“Ninguna persona jurídica o asociación, comité y fundación no inscrita, podrá desarrollar actividades que atenten contra la soberanía nacional, la seguridad del Estado, el orden público ni contra el principio internacional de no intromisión en asuntos internos” (Articulo 1º, Proyecto de “Ley que establece modificaciones al Código Civil y a la Ley General de Sociedades”, presentado con carácter de urgente por el Poder Ejecutivo al Congreso)

En el Perú tenemos gobernantes que se abren al mundo y firman todo TLC que se les cruce en el camino, se abrazan y se besan con Bush, Hu Jintao, Medvedev, Bachelet y otros, y gritan entusiastas a más crisis del neoliberalismo más neoliberalismo. Estamos en la globalización y nadie nos mueve de ella. Pero mientras hacen esto, al mismo tiempo parecen atacados por un violento pánico que les hace imaginar que desde las empresas, las ONG, los comités, las fundaciones o cualquier tipo de institución creada por ciudadanos peruanos o residentes en el país, podrían estar actuando malévolas fuerzas a cuenta de enemigos de la soberanía nacional.

Para conjurar este inminente peligro se han puesto a revisar el Código Civil y la Ley General de Sociedades y han descubierto que entre las causales de disolución aplicables a diversos tipo de personas jurídicas se encuentra las de tener actividades o fines que resulten contrarios al orden público y a las buenas costumbres (Artículos 96 y 109, del Código; y 33 de la Ley de Sociedades), y esto no les pareció suficiente para responder a lo que denominan una situación “que no puede descartarse”, es decir que también las personas jurídicas domiciliadas en el Perú puedan estar actuando al servicio de otros gobiernos (Exposición de Motivos del Proyecto).

Por eso el genio legislativo de García, Simon y la Dra. Fernández, los ha llevado a producir tres grandes cambios de urgencia:

- Una prohibición en sentido general para que cualquier persona jurídica desarrolle actividades contra la soberanía nacional, la seguridad del Estado, el orden público y el principio de no intervención (artículo 1º)
- Un agregado a las causales de disolución de asociaciones y fundaciones, sumándoles los casos en los que las actividades y los fines resulten contrarios a la soberanía nacional, la seguridad del Estado y el principio internacional de no intervención (artículo 2º)
- Otro agregado en los mismos términos a la ley de Sociedades (artículo 3º)

Obviamente la investigación sobre las casas del ALBA que debía probar que la tenebrosa mano del chavismo está detrás de las huelgas, los bloqueos de carreteras y demás desórdenes sociales que afectan al país ha resultado un fiasco, porque las tales casa no han pasado de la labor humanitaria con personas de la tercera edad; y no hay forma que la denuncia policial de vínculos con el terrorismo internacional contra Humala y otros, resulte creíble para muchas personas. Esto explica que el gobierno quiera dar un salto en el aire y termine construyendo un instrumento para violentar la libertad de asociación y de opinión.

El proyecto es estúpido, pero altamente peligroso. Supone que en medio de la ola de conflictos irresueltos, de las amenazas de represión y cuando el gobierno se ahoga con el descubrimiento de una vasta red de corrupción, todos seamos llevados a un debate propio de los años 30, donde los problemas del país se explican por agentes extranjeros y la intervención del “eje del mal” chavista y el gobierno vendido a las trasnacionales y los poderes globales, resulta llenándose la boca con invocaciones a la soberanía y a la no ingerencia en asuntos internos.



Disolver, disolver

El poder de “disolver”, tan caro a Alberto Fujimori, es el meollo de toda la propuesta García-Simon, que vulnera derechos humanos básicos y firmes principios constitucionales:

a) libertad de asociación, que significa que las personas crean, desarrollan y eventualmente clausuran entidades colectivas, de las que son los únicos responsables y que se rigen por la leyes vigentes y no por la interpretación de las intenciones de sus actos;
b) libertad de opinión, que implica que las personas y colectividades pueden mantener ideas, creencias y afinidades, sin que el poder se irrogue la facultad de determinar cuáles son permisibles y cuáles no;

El proyecto puede por extensión aplicarse a empresas por las relaciones comerciales, y financieras que mantengan con determinados países que no le gustan al gobierno. Y se puede aplicar a medios de comunicación, como LA PRIMERA, que son constantemente atacadas como “chavistas” por su posición crítica al gobierno.

1 comentario:

Nardo dijo...

Detras de las casas del Alba esta el chavismo eso no es novedad por lo tanto deberiamos eliminarlas, asi como Chavez elimino el canal RCTV o no se acuerdan de esto